En Venezuela, nadie conoce cómo se fijan las tarifas eléctricas y mucho menos si son las correctas. Bueno..., excepto los abogados, que dirán que “son la publicadas en la Gaceta Oficial”.¡Kurowski, Usted si que es un exagerado! Amigos, no lo creo y para muestra un botón.
Imagínense la dificultad que tendría la Superintendencia de Bancos para regular, si cada banco usara distintos códigos de contabilidad. Algo así ocurre en el sector eléctrico donde, al menos hasta donde tengo conocimiento, todavía no han logrado introducir un Código Uniforme de Cuentas (CUC).
Recientemente, me atreví a llamarle la atención a las autoridades por su desidia en esta materia y salí regañado. Alberto Méndez, un defensor del sector, en su artículo “La alborada del gracioso”, en donde el gracioso supuestamente era yo, me advirtió: “el CUC... está completamente finalizado, siendo revisado actualmente por las autoridades regulatorias antes de ser presentado a las empresas eléctricas”.
Pensaba dejarlo de ese tamaño, pero cuál no sería mi sorpresa cuando leo que ya en el Decreto 1158 de Noviembre de 1996, denominado “Normas para la Regulación del Sector Eléctrico”, se establecía que “las empresas eléctricas deberán llevar su contabilidad .... con arreglo al CUC que apruebe el Ministerio de Energía y Minas”. Casi me caigo de la silla al ver que se instruía al MEM para que iniciara el diseño del CUC, con el apoyo de la Fundación para el Desarrollo del Servicio Eléctrico (Fundelec), en un plazo de quince días. ¡EN QUINCE DÍAS - EN 1996! Como entenderán, quedé picado y busqué.
¡BINGO! El Decreto 2.383 de Junio de 1992: “Normas del Servicio Eléctrico”, creaba una Comisión Reguladora, que con el apoyo de Fundelec debería “Realizar los estudios técnicos con el fin de preparar el CUC de uso obligatorio de para las empresas eléctricas, a los efectos de la determinación de las tarifas.”
¡BINGO! El Decreto 368 de Junio de 1989: “Normas Tarifarias”, creó el Comité Nacional de Tarifas Eléctricas, con atribuciones para “realizar los estudios técnicos con el objeto de establecer el CUC, de uso obligatorio para las empresas eléctricas, a los efectos de la determinación de las tarifas..”
Por compasión no seguí, pero lo cierto es que, por lo menos desde 1989, andan en esto de preparar un CUC y, ya sea por desidia o por entreguismo ante una industria que se cree beneficiada por el oscurantismo, creo que esto evidencia que el sector requiere y merece de una buena revolcada. Observando la pobre actuación de Fundelec, casi oigo la súplica de un Ricardo III moderno, “Porfa... una República, por un servidor público”.
Hoy, cuando el MEM, con precisión de dos decimales, nos indica un posible aumento del 3.54% en las tarifas para el 2002 y la industria responde que debería ser del 7 al 8%, no se impresionen.... todo es parte de un minué eléctrico y que bien bailado, busca esconder que aquí, en ésta nuestra Torre Babeléctrica, rige la confusión y nadie sabe nada de nada.
Publicado en El Universal, Caracas, 20 de Diciembre de 2001
Imagínense la dificultad que tendría la Superintendencia de Bancos para regular, si cada banco usara distintos códigos de contabilidad. Algo así ocurre en el sector eléctrico donde, al menos hasta donde tengo conocimiento, todavía no han logrado introducir un Código Uniforme de Cuentas (CUC).
Recientemente, me atreví a llamarle la atención a las autoridades por su desidia en esta materia y salí regañado. Alberto Méndez, un defensor del sector, en su artículo “La alborada del gracioso”, en donde el gracioso supuestamente era yo, me advirtió: “el CUC... está completamente finalizado, siendo revisado actualmente por las autoridades regulatorias antes de ser presentado a las empresas eléctricas”.
Pensaba dejarlo de ese tamaño, pero cuál no sería mi sorpresa cuando leo que ya en el Decreto 1158 de Noviembre de 1996, denominado “Normas para la Regulación del Sector Eléctrico”, se establecía que “las empresas eléctricas deberán llevar su contabilidad .... con arreglo al CUC que apruebe el Ministerio de Energía y Minas”. Casi me caigo de la silla al ver que se instruía al MEM para que iniciara el diseño del CUC, con el apoyo de la Fundación para el Desarrollo del Servicio Eléctrico (Fundelec), en un plazo de quince días. ¡EN QUINCE DÍAS - EN 1996! Como entenderán, quedé picado y busqué.
¡BINGO! El Decreto 2.383 de Junio de 1992: “Normas del Servicio Eléctrico”, creaba una Comisión Reguladora, que con el apoyo de Fundelec debería “Realizar los estudios técnicos con el fin de preparar el CUC de uso obligatorio de para las empresas eléctricas, a los efectos de la determinación de las tarifas.”
¡BINGO! El Decreto 368 de Junio de 1989: “Normas Tarifarias”, creó el Comité Nacional de Tarifas Eléctricas, con atribuciones para “realizar los estudios técnicos con el objeto de establecer el CUC, de uso obligatorio para las empresas eléctricas, a los efectos de la determinación de las tarifas..”
Por compasión no seguí, pero lo cierto es que, por lo menos desde 1989, andan en esto de preparar un CUC y, ya sea por desidia o por entreguismo ante una industria que se cree beneficiada por el oscurantismo, creo que esto evidencia que el sector requiere y merece de una buena revolcada. Observando la pobre actuación de Fundelec, casi oigo la súplica de un Ricardo III moderno, “Porfa... una República, por un servidor público”.
Hoy, cuando el MEM, con precisión de dos decimales, nos indica un posible aumento del 3.54% en las tarifas para el 2002 y la industria responde que debería ser del 7 al 8%, no se impresionen.... todo es parte de un minué eléctrico y que bien bailado, busca esconder que aquí, en ésta nuestra Torre Babeléctrica, rige la confusión y nadie sabe nada de nada.
Publicado en El Universal, Caracas, 20 de Diciembre de 2001